La adhesión al régimen estará limitada a contribuyentes con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio máximo de $10.000 millones, que además no estén categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales. La evaluación de estos requisitos se realizará tomando en cuenta el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumular los montos entre ejercicios.
ARCA habilitará una Declaración Jurada Simplificada precargada, que el contribuyente podrá revisar, ajustar y presentar. El pago en término del impuesto, o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento, tendrá efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período base, lo que otorga mayor previsibilidad fiscal. Además, la constancia digital de adhesión funcionará como antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados en materia de prevención de lavado, con validación digital del organismo.
La normativa también establece que ARCA no analizará incrementos patrimoniales, incluidos depósitos bancarios, para verificar la adhesión al régimen y presume la exactitud de las declaraciones presentadas bajo la modalidad simplificada, salvo discrepancias relevantes debidamente comprobadas. A su vez, quienes rectifiquen errores de manera voluntaria antes de una inspección no serán considerados en falta grave, y se prevé una reducción del 50% de las multas para quienes regularicen su situación dentro de los 45 días posteriores al vencimiento.