El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio, pero elimina la posibilidad que tiene el Ejecutivo para otorgar aumentos en concepto de invalidez laboral y de zona geográfica desfavorable.
En cuanto a los montos, ata su evolución al haber mínimo jubilatorio y, en el caso de los aranceles de las prestaciones, se ajustan trimestralmente o por IPC en caso de demoras, y se incorpora una compensación de emergencia vinculada también al IPC para prestadores. Con la ley todavía vigente, la actualización estaba atada al IPC y se realizaba de forma mensual.
De forma regresiva, el proyecto establece la "incompatibilidad absoluta" de las pensiones con cualquier trabajo formal o inscripción en regímenes laborales. Así que las personas con discapacidad que trabajen de forma registrada perderán su pensión. Además de eliminar los programas de inclusión de las personas con discapacidad como a la promoción de programas de reconocimiento de empresas.
Además, el texto autoriza convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. De esta manera, elimina virtualmente el nomenclador y desregula la negociación por obra social o prepaga.