El Observatorio de Políticas Públicas de la UNDAV publicó en septiembre el informe "La reconfiguración regresiva del sistema tributario argentino". La recaudación real del primer semestre de 2026 cayó 10,6% frente a 2023, y la presión tributaria bajó de 31,5% del PIB en 2015 a 26,9% en 2025, el nivel más bajo desde 2007. Siete de las ocho reformas analizadas premian a los grandes patrimonios, al capital concentrado y a los consumos de lujo.
La caída no es pareja. Entre enero y agosto de 2026, frente a igual período de 2023, Bienes Personales retrocedió 45,3% en términos reales, los Impuestos Internos 38,8%, el IVA 14,7% y Ganancias 8,6%. Crecieron los gravámenes que pesan sobre el consumo y el trabajo informal: Combustibles, 91,3%, y Monotributo, 135,4%. Los asalariados alcanzados por Ganancias pasaron de 190.000 a más de un millón. El menú de beneficios a los más opulentos incluye el blanqueo de la Ley 27.743, con un mínimo no imponible de US$100.000 y 5% sobre el excedente; el régimen especial de Bienes Personales, con alícuota de 0,45% a 0,50% y estabilidad fiscal hasta 2038 para menos de 70.000 contribuyentes; y el RIGI, con Ganancias al 25% y 30 años de estabilidad para inversiones de más de US$200 millones. La regresividad del modelo, por supuesto, es parte constitutiva del plan.
El CELAG, con datos de la World Inequality Database 2026, muestra los efectos del modelo. El 50% más pobre de la población posee 4% de la riqueza. El 1% más rico concentra 26%. El 10% más rico acumula 60% y el 75% de la población, apenas 19%. Un sistema que alivia a quienes ya concentran el patrimonio, en un país donde el decil superior se queda con seis de cada diez pesos de riqueza, produce lo que hasta el FMI señala con delicadeza de amigo: un crecimiento que no se distribuye. Esa es la fractura que pone en duda la sustentabilidad política de Milei. Y el Bloque de Poder lo sabe. Por eso, ante la posibilidad de un vencimiento temprano del experimento, dispuso de una de sus herramientas -la Corte Suprema- para habilitar un beneficio que el gobierno intentó desbloquear por decreto y por ley: la venta irrestricta de tierras a extranjeros.
La Corte, las tierras y la carambola de Pichetto
El martes 30 un fallo de la Corte Suprema abolió de hecho la ley que limitaba la enajenación absoluta del territorio nacional. En los albores mileístas, el artículo 154 del DNU 70/23 había derogado la Ley de Tierras, pero una sentencia posterior frenó ese decreto. Ahora el máximo tribunal dejó sin efecto esa sentencia, abriendo la puerta para que jueguen, entre otros, los tecnomagnates que ambicionan amplias porciones de la patria para instalar sus data centers de inteligencia artificial.
La pretensión territorial cuenta con el patrocinio del gobierno de Estados Unidos, que posee influencia determinante en los tres miembros del máximo tribunal. Pero el fallo sorprendió al Gobierno justo cuando se dispuso a fingir interés patriótico para filtrar una ley de Soberanía con la que pretende afianzar su deriva autoritaria con más recursos e instrumentos destinados al control social, como indica el Escudo de las Américas que inventó Donald Trump. "Alguien le erró al timing", concluyó un observador peronista avezado en conspiraciones de palacio.
En ese río revuelto se zambulló el diputado Miguel Ángel Pichetto, salvavidas en mano. El primer intento fue el mismo martes, cuando pidió por X que la Ley de Soberanía incluyera el restablecimiento de la Ley de Tierras y deje sin efecto el artículo 154. La idea permitía una salida para el Gobierno, que podía insistir con una ley que habilitara la extranjerización al tiempo que suspendía la derogación dispuesta por la Corte. Pero no pasó el filtro de los interesados, que no quieren correr el riesgo de perder el decreto y perder en el Congreso, como pasó a principios de agosto.
Pichetto volvió el viernes entonces con otra oferta. Junto con Nicolás Massot, presentó una medida cautelar autónoma para suspender los efectos del 154, con el argumento de que no se consoliden como derechos adquiridos las compras de tierras rurales por extranjeros, incluidos inmuebles ribereños de cuerpos de agua de envergadura. La causa quedó radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1, expediente CAF 47953/2026. Si sale como pretende, la carambola salva al Gobierno, que puede perder el decreto completo si en la sesión pedida para el 15 se consigue la media sanción pendiente; salva a la oposición, que todavía no tiene los votos para derogar el decreto; y salva a la Corte del repudio creciente que prodigó ya una mala noche en San Martín de los Andes, donde una manifestación de ATE alteró el sueño de los cortesanos.
El panorama parlamentario sustenta la jugada de billar. La oposición pidió sesión para el 15 de octubre a las 14, con movilización convocada a las 13:30 en el Congreso. Necesita 129 diputados para el quórum, tiene 115 confirmados y le faltan 14. Hay 29 legisladores en duda y 17 responden a gobernadores amigables con el gobierno. Derogar solo el artículo 154 dejaría vigente la Ley de Tierras, desinflaría la manifestación popular, desactivaría la obligada reacción política opositora y dejaría en pie el resto de un decreto con más de 300 normas que benefician a los dueños del dinero y del poder.
Habrá que ver si a la Embajada y sus empresas patrocinadas les gusta eso.