Lo que no aclaró el ministro es que ahora estas instituciones no necesitarán aplicar una fuerte suba anual, ya que dispondrán de la libertad de hacerlo a lo largo de todo el año y sin necesidad de prevenir a las familias de los alumnos "con anticipación considerable".
En cambio, afirmó que las regulaciones que acaban de quedar en el olvido era un esquema "similar a una suerte de ley de alquileres" que "obligaba a estos colegios a fijar aumentos anticipados y que, luego de implementados en marzo, debían mantenerse por un año". Un escenario que, agregó, "generaba aumentos de cuotas sobredimensionadas" en el arranque del año.
Ahora, remarcó "se habilitan ajustes graduales y realistas, alineados con la evolución de la economía, sin saltos bruscos ni sobrecargos preventivos" que "permite estabilizar el gasto de las familias en educación" y "favorece un entorno más libre, equilibrado y sustentable para estas instituciones".
Las declaraciones de Sturzenegger están en línea con los arumentos vertidos en los considerando de la norma, donde se afirma que las regulaciones existentes generaban "efectos contraproducentes" en la economía, la viabilidad de los institutos privados, los derechos de propiedad y la calidad educativa.
En este sentido, se afirma que los requerimientos de "comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores crea una situación de incertidumbre económica para los institutos", ya que para evitar problemas a futuro estas instituciones educativas "suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal".
"Este mecanismo de fijación de precios perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo", se resalta.
Pero eso no es todo. La norma considera que este marco regulatorio limita el derecho de propiedad de los establecimientos educativos, que "al ser entidades privadas, deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal".
Por otra parte, el Ejecutivo instruye al Ministerio de Capital Humano -que contiene a la Secretaría de Educación- a revisar las pautas contenidas en el Decreto 2542 de 1991 y eleve una propuesta de modificación.
Este decreto estableció originalmente un sistema de financiamiento para la educación pública de gestión privada. La revisión se justifica en que esta norma fue dictada cuando la administración de la educación estaba bajo la órbita del Gobierno nacional y que la situación cambió con la transferencia de la competencia a las provincias, conforme al principio federal.